
Eugenio Quiroga
Presidente
El vicegobernador de la Provincia será presidente de la Cámara de Diputados.
Artículo 37º – Capítulo IV del Reglamento

Karina Nieto
Viccepresidenta 1°

José Bodlovic
Vicepresidente 2°
Los vicepresidentes serán elegidos con arreglo al artículo 3º, y durarán en sus funciones un año. Podrán ser removidos antes de fenecer ese término por simple mayoría de votos y, además podrán ser reelectos. Si vencido el término no hubieren sido reemplazados de acuerdo a lo establecido por el mismo artículo, continuarán en el desempeño de sus funciones hasta que así se hiciere.
Artículo 37º – Capítulo IV del Reglamento
Los vicepresidentes no tendrán más atribuciones que las de sustituir al presidente de acuerdo a su orden, cuando éste se halle impedido o ausente.
Artículo 38º – Capítulo IV del Reglamento

Pablo Noguera
Secretario General

Alejandra Retamozo
Prosecretaria
La Cámara designará a simple pluralidad de sufragios un (1) secretario o una (1) secretaria, y un (1) prosecretario o una (1) prosecretaria por fuera de su seno, respetando la paridad de género, los que no podrán ser removidos sino por la mayoría absoluta de los diputados y las diputadas presentes.
Artículo 41º – Capítulo V del Reglamento