Fue impulsado por el diputado por el pueblo de Las Heras, Víctor Álvarez. Busca normar el desempeño de alrededor de 700 profesionales que ejercen tareas sobre prevención y control en Santa Cruz sobre la minería, la pesca y la producción hidrocarburífera, entre otros sectores.
Río Gallegos, 14 de Septiembre de 2017. Por iniciativa del diputado del Frente para la Victoria, Víctor Álvarez, la Legislatura Provincial aprobó este mediodía la creación del Colegio Único de Profesionales de la Higiene y Seguridad en el Trabajo, cuyo objeto central es generar un órgano que nuclee a los profesionales del sector que desarrollan tareas que tienden a prevenir riesgos y accidentes en distintos ambientes laborales como la minería, la extracción de hidrocarburos, el comercio, la pesca, la construcción, entre otros.
Sobre un universo de 700 profesionales que se desempeñan en Santa Cruz, a partir de la creación de este Colegio, se pretende generar un marco legal que apoye y acompañe el desarrollo de sus tareas y sobre quienes estén habilitados para hacerlo, sino que también normará el adecuado cumplimiento de las tareas que desarrolle este sector del trabajo.
Podrán ser parte de este Colegio Único quienes posean título habilitante como Licenciados en Higiene y Seguridad en el trabajo; Licenciados en Seguridad, Higiene y Control Ambiental Laboral; Técnicos en Seguridad Industrial, o en Seguridad e Higiene Industrial, o en Higiene y Seguridad en el Trabajo, o en Saneamiento y Seguridad Industrial; Auxiliares Universitarios en Higiene y Seguridad en el trabajo; quienes posean títulos Universitarios en carreras de grado de la especialidad, existentes o que en el futuro se creen, cuya formación esté debidamente acredita por Universidades Nacionales, Provinciales o Privadas debidamente reconocidas por el Estado Nacional.
Esta norma también avala la incorporación de quienes posean títulos de grado en la materia equivalente, expedidos por Universidades de países extranjeros, los que deberán ser revalidados en conformidad con la legislación vigente.
Además establece que a partir de su promulgación y reglamentación, será requisito para el ejercicio de la profesión en territorio santacruceño estar habilitado conforme a las disposiciones que hoy se sancionaron; estar inscripto en la matrícula correspondiente; como así también estar habilitado mediante los requerimientos de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo.
Dentro del articulado de la Ley, se establece que las funciones del Colegio girarán en torno a llevar registros profesionales de los colegiados y legajos individuales; controlar el ejercicio de la profesión y/o actividades de los colegiados; defender, asesorar y representar a los colegiados en el libre ejercicio de sus actividades; juzgar y sancionar a los colegiados frente a irregularidades cometidas en el ejercicio de su profesión; brindar Cursos de Especializaciones para revalidar la matrícula cada dos años; colaborar con los poderes públicos; y dictar y hacer cumplir el Código de Ética Profesional, entre otros.